Endoprótesis

La aorta es un importante vaso sanguíneo que transporta la sangre desde el corazón hasta los órganos principales del tórax, abdomen y miembros inferiores.

Existen diversos factores de riesgo que pueden llevar al debilitamiento de las paredes de la aorta originando un aneurisma, tales como el tabaquismo, la hipertensión arterial, la diabetes. También puede influir poseer antecedentes familiares de esta enfermedad o  tener aneurismas en otras localizaciones. Esta enfermedad es más frecuente en los hombres mayores de 55 años.

El aneurisma de aorta abdominal es una dilatación con la forma de globo que modifica y cambia el diámetro de la aorta que puede medir 3 cm o más. A consecuencia de ello las paredes de la aorta se ponen más finas y se debilitan, corriéndose el riesgo de ruptura, siendo a menudo una situación fatal llegando a ocasionar la muerte. Habitualmente el riesgo de rotura se presenta cuando el tamaño es de 5,5 cm o más, recurriendo a tratarlo quirúrgicamente para prevenir esta situación.

Tradicionalmente, la forma de tratar esta enfermedad es mediante una cirugía abierta. Es decir, a través de una incisión o corte en el abdomen. El cirujano repara las paredes debilitadas de la aorta. En los últimos años se ha desarrollado una nueva técnica de tratamiento, alternativa a la cirugía abierta, que consiste en colocar dentro de la aorta un dispositivo expandible llamado endoprótesis y que tiene las características de una malla con forma de tubo.

Este tratamiento que se denomina tratamiento endovascular o reparación endovascular del aneurisma de aorta presenta menos complicaciones que la cirugía abierta, menor mortalidad inmediata a la operación, y disminuye los días de internación dado que es más rápida la recuperación.

A través de un pequeño corte en la ingle el médico introduce una guía que permite luego introducir por dentro de la arteria la malla para luego expandirla. De esta forma la sangre circula por su interior actuando como un vaso sanguíneo artificial sin pasar por el aneurisma.

Otras causas de aneurisma de aorta pueden ser de origen traumático. Estos especialmente se localizan a nivel de la aorta torácica.

Los cuidados posteriores de la colocación de una endoprótesis requieren de asistir a los controles indicados por el médico, tener estricto control de la hipertensión arterial y abandono del tabaquismo, además de llevar adelante hábitos de vida saludables, controlando la alimentación y el sobrepeso.

 

 

 

Prótesis de Rodilla

Es el tiempo que el IMAE tiene para realizar la cirugía luego de haber sido autorizada por parte del Fondo Nacional de Recursos.

Proceso de incorporación de prestaciones

¿Cómo se incorporan las prestaciones a la cobertura universal?

Desde la creación del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) existen dos Fondos para financiar las prestaciones de atención médica: el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y el Fondo Nacional de Recursos (FNR). Ambos son fondos públicos que reciben – además del aporte mensual que se les descuenta a las personas que tienen trabajo formal o son jubilados – aportes de Rentas Generales.

Los Prestadores Integrales reciben del FONASA una cápita ajustada por edad y sexo y el pago por metas asistenciales cumplidas, y el FNR le paga a los IMAE para que realicen los procedimientos y compras y brinda a los pacientes los medicamentos que están bajo su cobertura.

El Catálogo del Plan Integral de Atención a la Salud (PIAS) contiene el listado de prestaciones que están incluidas bajo la cobertura universal del SNIS. El PIAS también incluye el Formulario Terapéutico de Medicamentos (FTM). Todos los pacientes tienen derecho a recibir los tratamientos y estudios allí listados, si el médico así lo indica.

La solicitud de incorporación de un tratamiento o un nuevo medicamento bajo la cobertura universal se debe realizar siempre ante el Ministerio de Salud Pública (MSP). La solicitud puede partir del propio MSP (necesidad sanitaria), del cuerpo médico (Sociedades Científicas), de la Universidad (Facultades de Medicina, de Odontología, de Psicología, de Enfermería), de los Prestadores Integrales, de las Asociaciones de Pacientes, de la Industria de Medicamentos, entre otros.

Al igual que ocurre en todos los países donde existe cobertura universal con fondos públicos, las solicitudes entran en un proceso de priorización, para el cual se aplica una metodología que toma en cuenta varios criterios para ordenar las posibles incorporaciones: el valor clínico agregado, la consonancia con los Objetivos Sanitarios Nacionales, si ya existe un tratamiento efectivo para la misma patología, el análisis de costo-efectividad, la opinión de expertos, el impacto presupuestal, entre otros.

¿Por qué algunos tratamientos y medicamentos se brindan a través de los Prestadores Integrales y otros a través del Fondo Nacional de Recursos?

Una vez realizado el proceso de priorización, los criterios que se utilizan para analizar su posible inclusión bajo cobertura del FNR son:

  • Que el costo del tratamiento tenga un valor elevado, ya sea por el alto precio del medicamento, o por la necesidad de recursos costosos para su realización.
  • Que la incidencia y/o prevalencia de la patología que requiere el tratamiento no tenga una distribución uniforme entre los Prestadores Integrales del SNIS (riesgo financiero concentrado en pocos Prestadores).
  • Que el tratamiento requiera un control protocolizado y sistematizado, que se puede beneficiar de una gestión centralizada.
  • Que la compra centralizada redunde en una reducción significativa en el precio final.

De acuerdo con la normativa vigente, la evaluación de una posible incorporación a la cobertura del FNR debe ser realizada por la Comisión Técnico Asesora (CTA). Esta Comisión – que funciona en la órbita del MSP – está integrada por representantes del MSP, de la Facultad de Medicina, del FNR y del cuerpo médico nacional.  Según el criterio de representatividad del cuerpo médico establecido en la norma, el Sindicato Médico del Uruguay (SMU) y la Federación Médica del Interior (FEMI) son quienes proponen integrantes para la CTA.

La normativa también establece que se debe elaborar el impacto en el gasto del FNR, a través de la elaboración del presupuesto anual, con el cálculo de cuánto debería ascender la cuota que recibe el FNR para poder financiar esa prestación, y se proyecta el gasto a 5 y 10 años.

En la medida en que ese incremento sea sustentable económicamente, se aprueba la incorporación. Se elabora la normativa de cobertura financiera de la prestación, que está basada en evidencia médica y en la revisión de la literatura científica, y que establece claramente los criterios de inclusión de los casos que pueden recibir el tratamiento.

Una vez que la Comisión Honoraria Administradora del FNR y el MSP aprueban la incorporación bajo la cobertura, el tratamiento o el medicamento quedan disponibles para su solicitud por los médicos tratantes.