¿Quiénes son los beneficiarios?
Pueden ser beneficiarios del Fondo Nacional de Recursos (FNR) las personas radicadas en Uruguay y que cuenten con una cobertura formal de salud: usuario del sistema público de asistencia, beneficiario a través del Fondo Nacional de Salud (FONASA) o afiliado de una Institución de Asistencia Médica Privada o Seguro Integral como aportante individual.
A los efectos de la interpretación del concepto de radicación, la Comisión Honoraria Administradora del FNR aprobó el 6 de agosto de 2026, las siguientes pautas:
- Se considerarán radicadas en el país, las personas que posean residencia legal, otorgada por la Dirección Nacional de Migración, del Ministerio del Interior.
- Asimismo, las personas que habiten en el país, sin residencia legal (con residencia en trámite), serán considerados radicados en el país siempre que se encuentren afiliados a través de FONASA, o amparados por lo preceptuado por la Ley 18.076.
- Las personas que habiten en el país sin residencia legal (con residencia en trámite), que no se encuentren contempladas en las situaciones anteriores, serán considerados radicados en el país, después de cumplido un plazo de 6 meses de período de carencia, contados desde su afiliación individual o colectiva o registro (en caso de corresponder) a un prestador integral, incluidos ASSE, Sanidad de las Fuerzas Armadas o Sanidad Policial, siempre y cuando no se encuentren amparados por acuerdos o convenios internacionales en la materia.
Para acceder a las prestaciones que cubre el Fondo Nacional de Recursos el médico tratante del paciente debe realizar la indicación considerando la normativa vigente.
Completa un formulario de solicitud y lo remite a la Dirección de la institución. La institución avala la afiliación del paciente y envía al FNR la solicitud de cobertura, acompañada de toda la documentación técnica y administrativa necesaria.
Cuando la solicitud corresponde a procedimientos (por ejemplo, cirugía cardíaca, angioplastia, prótesis), se analizan los estudios clínicos y paraclínicos que sustentan el diagnóstico y la indicación, y se hace un balance de los riesgos y beneficios de la intervención en el paciente, tomando en cuenta la existencia de otras afecciones concomitantes y la calidad de vida esperada.
Los pacientes son visitados por un médico evaluador, que forma parte de un “sistema de segunda opinión”. Este médico evalúa al paciente en su domicilio o en el lugar donde se encuentra internado y finalmente elabora un informe de asesoramiento al FNR.
El médico del FNR es el responsable de emitir una resolución de cobertura tomando en cuenta la solicitud elaborada por el médico tratante y el informe del evaluador. Puede requerir también ampliación de información o la realización de determinados estudios para definir la resolución.
En algunos casos la complejidad de ciertas situaciones médicas requiere sean estudiadas en ateneo médico, el cual está integrado por especialistas y docentes universitarios de nuestro medio. Para algunos procedimientos concurren mensualmente técnicos del exterior.
En caso que el médico del Fondo entienda que no corresponde otorgar la cobertura financiera, o esta debiera ser postergada se envía una nota informando esa decisión a la institución. Siempre que es posible, un médico informa al paciente o sus familiares los motivos de la resolución y se le brinda orientación para continuar su asistencia.
Si la resolución es afirmativa, se emite una autorización que se envía al Instituto de Medicina Altamente Especializada (IMAE) donde el paciente será tratado.
Es importante señalar que el paciente siempre tiene la libertad para elegir el IMAE y el derecho de decidir libremente y con información que debe proveerle el médico tratante sobre la realización del procedimiento o tratamiento. Esto se establece en formularios que se adjuntan a la solicitud.
Cuando la solicitud de cobertura corresponde a un medicamento, esta es analizada por un equipo médico integrada por un médico del FNR y un especialista referente en el tema. La medicación se entrega directamente al beneficiario o es enviada a la institución médica donde se asiste, la cual se encarga de coordinar su administración.