Home » Cateterismo Cardíaco Derecho

Cateterismo Cardíaco Derecho

El Fondo Nacional de Recursos (FNR) realizará la cobertura financiera de las indicaciones que se señalan a continuación.

Aquellas indicaciones que no se encuentren contempladas en la presente normativa, podrán ser objeto de un estudio más detallado, dependiendo la autorización de la evaluación médica de cada caso en particular.

2. Indicaciones para realizar estudio Hemodinámico Pulmonar por Cateterismo Cardíaco Derecho.

2.1 Hipertensión pulmonar.

2.1.1 Confirmación diagnóstica de Hipertensión Pulmonar en pacientes sintomáticos y evaluación de la severidad.

2.1.2 Evaluación de respuesta a la terapéutica instaurada.

2.2 Cardiopatía congénitas.

2.3 Evaluación pre-trasplante (Comprendido en Módulo Pre-trasplante).

 

Indicaciones para realizar CATETERISMO DERECHO y TEST DE VASORREACTIVIDAD AGUDA (TVRP)

En algunos casos el cateterismo derecho va acompañado de un test realizado con medicamentos. Esta prueba vasodilatadora tiene implicancias terapéuticas y pronosticas. La positividad del test determina indicación de tratamiento con calcioantagonistas. Los fármacos con mayor evidencia son: epoprostenol intravenoso, óxido nítrico inhalado y adenosina intravenosa.

4.1 Según la normativa vigente

El FNR realizará la cobertura financiera de las indicaciones previstas en la normativa vigente, salvo las situaciones comprendidas en los puntos 4.2 y 4.3.

Cuando se requiera la realización de cateterismo izquierdo para completar la valoración del paciente, se emitirá una única autorización.

Para las situaciones contempladas en pacientes candidatos a trasplante cardíaco, para descartar la presencia de Hipertensión pulmonar con resistencias pulmonares altas irreversibles, y pacientes candidatos a trasplante pulmonar no se emitirá autorización por estar comprendidas en el módulo pre-trasplante.

Las indicaciones no contempladas en la normativa podrán ser sometidas a un estudio más detallado, dependiendo la autorización de la evaluación médica de cada caso en particular.

4.2 Según las condiciones generales del paciente y su expectativa de vida

El FNR no financiará actos a realizar en pacientes en los cuales existan dudas fundadas respecto al pronóstico vital y funcional, independientemente de la patología que motiva el estudio y tratamiento. No se financiarán aquellos procedimientos que se soliciten para pacientes en quienes existan causas determinantes de la situación actual, reversibles y aún no tratadas.

En todos los pacientes se tomará en cuenta en forma integral la edad, calidad de vida, comorbilidad  y pronóstico de tal manera que de la evaluación surja una expectativa de vida razonable, posibilidades ciertas de rehabilitación y un adecuado balance entre calidad de vida esperada y riesgos inherentes al procedimiento.

El equipo médico del FNR podrá solicitar al IMAE o a la institución de origen que se realicen los estudios o interconsultas necesarias a los efectos de completar esta evaluación.

4.3 Según el tiempo transcurrido entre procedimientos

El FNR no emitirá autorización para cateterismo cardíaco cuando se haya  autorizado un cateterismo reciente, exceptuando la situación comprendida en el item 2.1.2 .

Las complicaciones derivadas de un cateterismo deberán ser resueltas por el IMAE actuante en el mismo.

El FNR no emitirá autorizaciones para procedimientos requeridos para tratar complicaciones.

Si quiere ampliar la información sobre las indicaciones para esta cobertura, ingrese a la normativa: